Vivienda
El BOE amplía a 2030 el freno a los desahucios y veta dos años la compra especulativa
El Real Decreto-ley 26/2026, publicado el 30 de septiembre, suspende desahucios sin alternativa habitacional y aplica el 10 % de IVA a los apartamentos turísticos desde diciembre.
F.J. Craus 2 min de lectura
El Real Decreto-ley 26/2026, de 29 de septiembre, por el que se adoptan medidas urgentes para la protección de la función social de la vivienda y la ampliación de la oferta de vivienda asequible, se publicó en el BOE número 241, de 30 de septiembre de 2026 (BOE-A-2026-20266) y entró en vigor ese mismo día.
Lo que dice la norma
- Suspensión de desahucios hasta el 31 de diciembre de 2030 (artículo 2) cuando la vivienda pertenezca a fondos de inversión o cuando la parte demandante carezca de alternativa habitacional.
- Prohibición temporal, hasta el 31 de diciembre de 2028, de la compra de inmuebles por debajo del 70 % de su tasación de mercado por parte de determinadas entidades (artículo 1).
- Enervación extraordinaria obligatoria para las comunidades autónomas en un plazo de dos meses, con compensación estatal de los costes de cumplimiento, salvo los intereses de demora (artículo 5).
- Apartamentos turísticos: quedan fuera de la exención tributaria y pasan a tributar al tipo reducido del 10 % de IVA desde el 1 de diciembre de 2026 (artículo 7).
Según informó RTPA, el Gobierno dividió el paquete en dos decretos y dejó para un segundo texto la prórroga automática de los contratos de alquiler que vencen antes de 2029, una exigencia de Sumar que retrasó el Consejo de Ministros. Ambos textos debían pasar por el Congreso.
La mirada de La Traza
Es una norma de emergencia y se le nota: protege a quien está a punto de perder la casa y no ofrece todavía lo que haría falta, que es parque público suficiente. Aun así, dos de estas medidas tienen fondo. Poner un suelo del 70 % de tasación a la compra de vivienda por fondos ataca el negocio de comprar barato a quien no puede esperar, que es el mecanismo con el que se ha vaciado media ciudad. Y sacar los apartamentos turísticos de la exención de IVA reconoce por fin lo evidente: alquilar por días es una actividad económica, no un uso residencial. En Asturias, donde el precio de la vivienda sube con fuerza y el alquiler de temporada aprieta en la costa y en el centro de Oviedo y Gijón, lo que se juzgará no es el decreto sino su aplicación: cuántas alternativas habitacionales hay de verdad el día que llega el lanzamiento.